Novedades en las reglas Incoterms 2020
Las reglas Incoterms 2020 presentan algunas novedades respecto a las de 2010, siendo las más importantes la aparición de la nueva regla DPU (que sustituye a la DAT), la diferenciación de las coberturas de seguro en CIF y CIP y la clarificación, en todos los términos, sobre en qué momento se produce la entrega y cuándo se transmiten los riesgos.
La Cámara de Comercio Internacional (CCI) publica cada diez años una edición actualizada de las reglas Incoterms. Cada nueva versión es fruto del trabajo de un grupo de expertos que reúnen los comentarios y las observaciones aportadas por abogados, economistas y por profesionales de los distintos comités nacionales de la CCI.
A partir del 1 de enero de 2020 está en vigor la versión de las reglas Incoterms 2020 que, respecto a la edición del 2010, incorpora algunos cambios en las reglas de las condiciones de entrega en la compraventa internacional de mercancías.
Las reglas Incoterms definen y regulan las responsabilidades que asumen las empresas exportadoras (vendedoras) y las importadoras (compradoras) en una operación de comercio internacional.
Las reglas Incoterms no son leyes, sino normas internacionales que se asumen de manera voluntaria y a cuyo cumplimiento se obligan la empresa compradora y la vendedora. Por ello, en el contrato de compraventa debe quedar reflejada la regla Incoterms acordada por las partes.
Estas reglas delimitan las obligaciones de las empresas compradora y vendedora en cuatro aspectos relevantes:
- El lugar y momento en que la vendedora entrega la mercancía a la compradora.
- Quién tramita los documentos asociados a la operación y quién contrata el transporte y el seguro.
- En qué momento y en qué lugar se transfieren los riesgos.
- Quién se hace cargo de los costos de los distintos tramos de la operación.
Las once reglas Incoterms 2020 se distribuyen en cuatro categorías: la regla E (EXW), las reglas F (FCA, FAS y FOB), las C (CPT, CIP, CFR y CIF) y las D (DAT, DPU y DDP).
Asimismo, estas reglas se agrupan según se apliquen a operaciones en las que se utiliza cualquier modo de transporte (marítimo, aéreo o terrestre): EXW, FCA, CPT, CIP, DAT, DPU y DDP, o en operaciones en las que únicamente se utiliza el transporte marítimo y por vías navegables: FAS, FOB, CFR y CIF.
Cambios en las reglas Incoterms 2020 respecto a la versión de 2010
Las reglas Incoterms 2020 presentan una serie de cambios respecto a la versión de 2010 aunque, en términos generales, son modificaciones poco relevantes.
EXW (ex works): en fábrica o lugar convenido
La empresa vendedora debe poner la mercancía a disposición de la compradora en sus instalaciones o en otro lugar convenido; no está obligada a despachar la mercancía para la exportación ni cargarla en el vehículo de transporte.
La compradora asume los gastos y riesgos a partir del momento en que se le entrega la mercancía en el lugar pactado.
Las dos novedades que presenta el término EXW respecto a las reglas Incoterms 2010 es que se da la posibilidad de entregar la mercancía en un lugar convenido, distinto a las instalaciones de la vendedora, y que esta regla puede utilizarse también para operaciones comerciales nacionales, además de las internacionales.
Reglas Incoterms F
FCA (free carrier): franco porteador
La empresa vendedora debe cargar la mercancía en el medio de transporte indicado por la compradora, en sus instalaciones o en otro lugar designado y debe realizar los trámites de exportación.
La compradora asume los gastos y riesgos a partir del momento en que la mercancía está cargada en el vehículo en el lugar acordado.
La versión de las reglas Incoterms 2020 aporta una novedad en la FCA: si las partes lo pactan, la compradora puede solicitar a la vendedora una copia del conocimiento de embarque (B/L) “a bordo”.
FAS (free alongside ship): franco al costado del buque
La empresa vendedora se ocupa del transporte de la mercancía hasta el costado del buque o muelle de carga del puerto de embarque convenido. También debe realizar el despacho aduanero de exportación.
La compradora asume los gastos y riesgos (transporte, seguro, etc.) desde la terminal portuaria de salida hasta destino final.
FOB (free on board): franco a bordo
La empresa vendedora debe transportar la carga hasta el puerto de embarque y entrega la mercancía cuando esta está a bordo del buque. También realiza el despacho de exportación y asume el costo de la operativa en la terminal portuaria de salida.
La compradora asume los gastos y riesgos del transporte marítimo internacional y del resto de operaciones y trámites hasta destino final.
En la edición 2020 de esta regla, aparece como novedad que se pueden generar costos y riesgos adicionales para la vendedora en caso de que, por ejemplo, el barco no llegue a tiempo.
Reglas Incoterms C
CFR (cost and freight): costo y flete
La empresa vendedora asume los costos de transportar la mercancía hasta su llegada al puerto de destino, pero no contrata el seguro del transporte internacional.
La compradora asume los riesgos desde la entrega en origen, contrata el seguro del transporte y paga los costos a partir de que la mercancía ha llegado al puerto.
CIF (cost, insurance and freight): costo, seguro y flete
La empresa vendedora contrata el transporte principal y asume los costos hasta que la mercancía llega al puerto de descarga en el país de destino. También contrata el seguro de transporte.
La compradora asume los riesgos desde la entrega en origen y paga los gastos que se generan una vez la mercancía llega al puerto de destino (descarga en la terminal portuaria).
En las reglas Incoterms 2020, en el término CIF se introduce una novedad relacionada con la cobertura del seguro, pudiéndose utilizar la cláusula C de las Institute Cargo Clauses del Instituto de Aseguradores de Londres o similares.
CPT (carriage paid to): transporte pagado hasta
La empresa vendedora asume los costos de transportar la mercancía hasta descargarla en el punto de destino convenido, pero no contrata el seguro del transporte.
La compradora asume los riesgos desde la entrega en origen, contrata el seguro de transporte y asume los gastos una vez la mercancía ha llegado al lugar de destino.
CIP (carriage and insurance paid to): transporte y seguro pagados hasta
La empresa vendedora entrega la mercancía en el lugar de destino, asume el costo del transporte principal y contrata el seguro de transporte.
La compradora asume los riesgos desde la entrega en origen y asume los gastos una vez que la mercancía ha llegado al lugar de destino.
En las reglas Incoterms 2020, en el término CIP se introduce una novedad relacionada con la cobertura del seguro, pudiéndose utilizar la cláusula A de las Institute Cargo Clauses del Instituto de Aseguradores de Londres o similares.
Reglas Incoterms D
DAP (delivered at place): entregada en lugar
La empresa vendedora contrata el transporte principal y el seguro, y asume los costos hasta la llegada de la mercancía en el lugar de destino convenido, pero sin descargar y sin despacharla en aduana a su llegada.
La compradora asume los riesgos y gastos cuando la mercancía llega al destino designado, realiza el despacho aduanero y se encarga de la descarga de la mercancía.
DPU (delivered at place unloaded): entregada en lugar descargada
La empresa vendedora contrata el transporte principal y el seguro, y paga los gastos de descargar la mercancía en el lugar de destino designado, pero sin despachar la mercancía en la aduana.
La compradora asume los riesgos y gastos una vez la mercancía se ha descargado en el destino designado y la despacha.
DPU es una nueva regla Incoterms y, como novedad, permite que la descarga de la mercancía se haga en el lugar de entrega convenido.
DDP (delivered duty paid): entregada derechos pagados
La empresa vendedora contrata el transporte principal y el seguro, y paga los gastos de descargar la mercancía en el lugar de destino designado. También asume las formalidades aduaneras y el transporte interior hasta el lugar de destino pactado.
La compradora solo se ocupa de la descarga de la mercancía en el lugar de destino final.
La regla DAT (Delivered at Terminal), que aparecía en la versión de 2010, desaparece en la nueva edición de las reglas Incoterms 2020.